Sin duda, los lectores recordarán escenas cotidianas del siglo pasado en las que todos difundíamos sin ningún problema cualquier tipo de datos de carácter personal.

Ya por aquel entonces entidades bancarias y grandes empresas hacían uso de las tecnologías informáticas. Muchos recordamos escenas, tales como: escuchar a voces en la ventanilla del banco los nombres, apellidos e incluso, el saldo bancario del individuo que estaba siendo atendido. Tampoco nos extrañaba conocer la situación económica, laboral y familiar de todos nuestros vecinos, por los continuos errores del cartero en la asignación de las cartas, algunas de ellas abiertas.

Todo entraba dentro de la normalidad, nadie se alarmaba por ello y no existía una regulación en materia de protección de datos personales. Si poco importaba entonces.

¿Por qué la protección de datos ahora? ¿Qué es lo que ha cambiado?

La diferencia no es el qué. La diferencia es el cómo. Podemos decir que lo que ha cambiado es el vehículo de transmisión de la información.

En los años 80, los datos iban a pie. No eran más que nubes difusas que se iban consumiendo como el humo de los cigarros, que también en esa época se inhalaba por todos los rincones. Su incidencia y capacidad de transmisión quedaba limitada, en la mayoría de los casos, al ámbito espacial en el que se obtenía.

Ahora los datos viajan a la velocidad de la luz, y en la mayoría de los casos no se destruyen, sino que se transforman. El punto de inflexión se produjo el 30 de Abril de 1993, cuando la Organización Europea para la Investigación Nuclear (CERN) puso a la libre disposición de todos los usuarios, de manera gratuita, la World Wide Web (www) como medio de comunicación y de transmisión de la información. Nacía así un ilimitado medio de difusión tecnológico que permitía el intercambio, procesamiento y registro de los datos de un extremo del mundo al otro en cuestión de minutos.

La Sociedad de la Información y la importancia de la seguridad de los datos

Según las estadísticas, en Abril del año 2015 había 1.022 millones de usuarios de Internet en todo el mundo. Se prevé que en diez años, la cantidad de navegantes de la Red aumente a 2.000 millones. Esto significa que en las transmisiones a través de medios telemáticos, ya no somos los cuatro gatos de la cola del banco los usuarios que accedemos a una indebida información de un tercero. Debemos ser conscientes que los datos transmitidos por internet sin las debidas medidas de seguridad, pueden ser accesibles para millones de personas, de las cuales el 98% tiene posibilidad de guardarlos en su escritorio de manera indefinida y quién sabe cuántos de miles podrían utilizarlas para fines ilícitos.

El titular de los datos que se transmiten por medios tecnológicos, pierde el control de los mismos, y por ello es preciso establecer los sistemas de seguridad necesarios para proteger el derecho al secreto de las comunicaciones y a la intimidad personal.

Las medidas de seguridad y el responsable de que se cumplan

En la actualidad, contamos con los instrumentos normativos necesarios para exigir a los proveedores de los Servicios de la Sociedad de la Información las medidas de seguridad que eviten accesos no deseados a los datos transmitidos por medios telemáticos.

Estas medidas son diferentes de acuerdo a la importancia del dato. En el Título VIII, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal se establecen los requisitos y las medidas de nivel básico, medio y alto que deben implantar los responsables del tratamiento de los datos, en atención a la protección que merecen los mismos de acuerdo a su naturaleza.

El establecimiento de las necesarias medidas de seguridad es una obligación exigida a los responsables del tratamiento de los datos, siendo compartida dicha responsabilidad con el encargado del tratamiento de los mismos, en caso de que sean sujetos distintos.

No obstante todo lo anterior, la seguridad debe comenzar en el propio usuario, que debe ser responsable de los datos que entrega a través de internet, y tiene que buscar la información necesaria para conocer el destino que se dará a los mismos. No debemos olvidar que:

En esta nueva sociedad de la información, cada derecho implica una responsabilidad

Irene Blanco.-